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Ejecutivo dispone dar de baja a celulares usados para extorsiones

Consejo de Ministros aprobó decreto legislativo

Los teléfonos celulares que hayan sido usados para realizar extorsiones, deberán ser dados de baja, de acuerdo a lo dispuesto en un decreto legislativo que el Poder Ejecutivo aprobó.

En la sesión del Consejo de Ministros desarrollada en la víspera, se procedió a dar visto bueno a dicha medida, destinada, según el gobierno, a reducir la incidencia del delito de extorsión en el país.

Este decreto contempla la posibilidad de requerir la baja de estos números telefónicos a las empresas operadoras, ya sea de oficio o a solicitud del Ministerio del Interior, la Policía Nacional, el Instituto Nacional Penitenciario, el Poder Judicial o el Ministerio Público. Esto procederá cuando se advierta que dichas líneas telefónicas han sido utilizados para promover, facilitar o consumar el referido ilícito.

El decreto legislativo también fija las responsabilidades legales de las operadoras telefónicas al respecto. Estas tienen que ver con la identificación y registro de los abonados, y del personal que interviene en la contratación de sus servicios.

La identidad de los titulares de las contrataciones de nuevos números telefónicos se validará ahora previa verificación de la información biométrica con la que cuentan el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y la Dirección Nacional de Migraciones.

En el decreto aprobado se incorporar en el Código Penal el artículo 222-D, para sancionar la posesión ilegítima de dispositivos telefónicos con el fin de adulterar, reemplazar, duplicar o modificar su código IMEI.

Otro decreto

Asimismo, el Consejo de Ministros aprobó un decreto legislativo que establece elementos agravantes en la comisión de los delitos de entorpecimiento de los servicios públicos y de disturbios.

En ese sentido, se considera como agravante el hecho de causar grave daño sobre recursos, infraestructuras y sistemas esenciales para desarrollar y mantener las capacidades nacionales.

En cuanto al delito de disturbios, ahora se determinan las agravantes de afectación de vías terrestres y fluviales, así como de la infraestructura portuaria, aeroportuaria, ferroviaria, de salud pública, de telecomunicaciones, de transmisión y distribución de energía.

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