El Congreso aprobó la modificación del artículo 10 de la Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes (Ley 30021), en relación con el uso de adhesivos de difícil remoción en la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas.
Ello consta en la Ley 31919, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Modificaciones:
Advertencias publicitarias: el artículo 10 de la Ley 30021 es modificado para establecer que en la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas que contengan grasas trans, alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas se deben incluir advertencias claras y legibles que indiquen lo siguiente:
- «Alto en (sodio-azúcar-grasas saturadas): evitar su consumo excesivo.»
- «Contiene grasas trans: evitar su consumo.»
Adhesivos de difícil remoción: se permite el uso de adhesivos de difícil remoción en productos importados y en productos elaborados por mypes, en los cuales las advertencias publicitarias no estén impresas en las etiquetas. Estos adhesivos deben cumplir los estándares de calidad establecidos por el Inacal y no pueden cubrir completa ni parcialmente otra información al consumidor.
Disposiciones complementarias:
El Inacal elaborará una norma técnica peruana que garantice la difícil remoción de los adhesivos utilizados en la industria de alimentos. Esta norma será emitida en un plazo de 240 días útiles a partir de la entrada en vigor de la ley.
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, deberá adecuar el Manual de Advertencias Publicitarias, aprobado por el Decreto Supremo 012-2018-SA, a la modificación introducida por esta ley, y emitirá las normas complementarias necesarias para su cumplimiento en un plazo de 90 días calendario.
Los proveedores deberán adecuarse a las modificaciones establecidas en esta ley en un plazo no mayor de 180 días calendario a partir de la entrada en vigencia de la norma técnica peruana de adhesivos para la industria de alimentos emitida por el Inacal.
Esta ley ha sido aprobada por el Congreso de la República, tras aceptar las observaciones formuladas por la Presidencia de la República.