Migraciones: ciudadanos del bloque andino pueden prorrogar su permanencia como turistas

Los ciudadanos de los países miembros de la Comunidad Andina que se encuentren en el Perú en condición de turistas ya tienen la opción de solicitar la prórroga de su permanencia en el territorio nacional por un plazo de hasta 90 días calendarios, informó la Superintendencia Nacional de Migraciones.

Dicho procedimiento fue establecido en el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad, que operativiza los beneficios establecidos en la Decisión 878 de la Comunidad Andina “Estatuto Migratorio Andino”.

La permanencia como turista puede prorrogarse hasta por noventa (90) días calendarios sin superar los 180 días calendario continuos o discontinuos en el mismo año.

El procedimiento “Prorroga de Permanencia de Turista por Estatuto Migratorio Andino» se realiza de manera virtual, a través de la Agencia Digital Migraciones, previo pago del derecho de tramitación, ascendiente a S/ 17.70, que se cancelan en el Banco de la Nación o Págalo.pe.

En la sede digital se completa el formulario, se consigna el número de recibo y fecha de pago del derecho de trámite y se debe presentar el documento de viaje válido y con una vigencia mínima de seis meses con el que ingresó al Perú.

Para realizar el trámite, el ciudadano andino debe encontrarse en condición migratoria regular, presentar la solicitud dentro de los 30 días previos al vencimiento de su permanencia, así como carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales en su país de origen y en los que hubiera tenido permanencia o residencia antes de su ingreso al territorio nacional.

Residencia temporal y permanente

El nuevo TUPA de Migraciones también incorpora los procedimientos de Cambio de calidad migratoria y solicitud de Calidad Migratoria Convenios Internacionales – Residencia Temporal Andina y Residencia Permanente Andina, en el marco del Estatuto.

Dichos procedimientos tienen un costo de tramitación de S/ 58.80 y S/161.40 respectivamente.

El nuevo TUPA, publicado el pasado domingo 22 de octubre en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, está constituido por setenta y cuatro (74) procedimientos administrativos y veintiún (21) servicios prestados en exclusividad por la entidad migratoria.

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