La Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Indecopi multó con 237,820 soles (51.7 unidades impositivas tributarias) a las empresas Real Plaza y Oechsle por el accionar indebido del personal de seguridad que contrataron y que lamentablemente, en setiembre del 2021, ocasionó el fallecimiento de un ciudadano en las instalaciones del Real Plaza Primavera en San Borja.

El órgano resolutivo tomó esta decisión debido a que las empresas no respetaron el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, generando un riesgo injustificado a la seguridad de los consumidores.

Para evitar que estos hechos vuelvan a ocurrir, la Comisión ordenó a las empresas que, además de contratar los servicios de empresas de seguridad autorizadas, garanticen que dicho personal reúna el perfil necesario para el cumplimiento de sus protocolos o procedimientos de actuación en casos de situaciones que perturben el orden.

Es decir, dicho personal de seguridad debe contar con capacidad física y psicológica para realizar una contención adecuada cuando corresponda.

A la fecha, las empresas se encuentran dentro del plazo legal para presentar recurso de apelación contra dicha sanción ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.

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